Permisos para modificar la fachada y estética del edificio

Conocer los permisos necesarios para hacer una modificación en la fachada de nuestro edificio es fundamental si quieres llevar a cabo modificaciones de fachadas de los edificios. Instalar toldos o realizar cerramientos de terrazas y balcones es muy habitual pero desgraciadamente, estos cambios llevan consigo enfrentamientos con el resto de vecinos.

Consideraciones a tener en cuenta para obtener el permiso.

Actualmente, para modificar la fachada y estética del edificio debemos:

  • Consultar la Ley 49/ 1960 del 21 de julio de propiedad horizontal (LPH) se encarga de regular todos los aspectos relacionados con las comunidades de propietarios. Según esta Ley, y cito textualmente 

“Ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, según su naturaleza y características.”

  • Tener permiso de la comunidad de vecinos. Se necesita la aprobación de la mayor parte de los habitantes del inmueble. Después de haber expuesto el tema en cuestión en la junta, habrá una votación y tiene que ser aprobada por la mayor parte de la comunidad.
  • Conocer la normativa municipal.

Teniendo presentes estas premisas, nos podemos plantear poner toldos en el edificio.

Toldos en una calle de Holanda

¿Conoces los tipos de toldos que hay para utilizar en los edificios?

En el mercado, podemos encontrar muchos tipos de toldos sin embargo, no todos se adaptan a nuestras necesidades. Tenemos que valorar el lugar donde queremos instalar el toldo y nuestras preferencias de seguridad, durabilidad, estilo, o tamaño.

Entre los toldos más demandados podemos encontrar los siguientes:

  • Toldos de punto recto: Es el más aconsejado para balcones y ventanas ya que tiene dos brazos laterales que facilitan la inclinación del toldo respecto a la ventana o balcón.

Ofrece poca resistencia al viento.

  • Toldos monobloc. Es un toldo adecuado para unas dimensiones grandes de hasta 6 metros de línea con un solo juego de brazos.

El sistema monobloc le proporciona más robustez y es extensible.

  • Toldos estor: Son toldos con brazos abatibles y dos posiciones: toldo proyectado que facilita la visión hacia el exterior y permite la entrada del aire o, toldo dejado en caída que proporciona una mayor protección contra la lluvia y el viento.
  • Toldos correderos: Son aquellos que se instalan en las pérgolas. Son adaptables pudiéndose instalar con posterioridad a la estructura.
Toldos en un bajo del edificio

¿Puedo poner un toldo en la fachada? 

Me temo que no; es la junta de vecinos quien decide. Debe seguir estos pasos:

  • Informar al presidente de la comunidad de sus intenciones de poner un toldo. Este se encargará de incluir este tema en el orden del día de la junta para que sea debatido y votado.
  • Ir a la reunión de la Junta de vecinos con las ideas muy claras porque será la comunidad quien vote si el modelo, las dimensiones y el color del toldo es adecuado para el edificio.
  • Finalmente, será la junta la que considerará si el toldo elegido mantiene la estética primitiva del edificio y, por lo tanto, es adecuado.

¿Es imperativo que haya un acuerdo para realizar cambios estéticos en la fachada?

Es condición sine qua non si no hay cambios previos en el edificio. Asimismo, es importante tener el permiso del Ayuntamiento al tener en cuenta que esto supone una modificación de la fachada.

Siguiendo estas indicaciones, resultará fácil conseguir su objetivo.